Términos y Condiciones de Servicios de Transporte

Regulación de la relación entre Capital Road Logística y Transporte Terrestre S.R.L. y sus comitentes bajo el derecho argentino.

1. Ámbito de Aplicación y Objeto

Los presentes Términos y Condiciones regulan la contratación de servicios de transporte terrestre pesado de cargas, almacenaje, distribución y logística brindados por Capital Road Logística y Transporte Terrestre S.R.L., CUIT 30-71954826-8, con habilitación RUTA (CNRT) N° 08-492.170.

2. Marco Regulatorio

La relación contractual se rige por las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación (en particular, Libro Tercero, Título IV, Capítulo 7 "Contrato de Transporte"), la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, y las resoluciones de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

3. Declaración de Carga y Carta de Porte

El comitente debe declarar de forma fehaciente la naturaleza, peso, volumen y valor de la mercadería transportada. Todo viaje se documenta mediante la correspondiente Carta de Porte Electrónica y remitos fiscales oficiales, quedando prohibido el transporte de mercaderías no declaradas o ilícitas.

4. Tarifas y Moneda de Pago

Las tarifas de flete convenidas se pactan en Pesos Argentinos (ARS) e incluyen los seguros de carga obligatorios y costos de peaje de corredores viales acordados. Los cálculos realizados a través del estimador web poseen carácter orientativo.

5. Derecho de Revocación y Botón de Arrepentimiento

De acuerdo con el Artículo 34 de la Ley N° 24.240 y la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, en contrataciones celebradas a distancia o fuera del establecimiento comercial, el comitente tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación del servicio dentro de los diez (10) días corridos contados desde la firma de la propuesta contractual. A tal efecto, se encuentra a disposición permanente en este sitio el Botón de Arrepentimiento.

6. Jurisdicción y Competencia

Ante cualquier divergencia legal, las partes se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción territorial.

↩ Botón de Arrepentimiento